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año:2005
 
unidad:HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
 
institución:MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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PAGE 4 DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase Al No. 1 3 1 5 2 14 de Octubre de 2005 DAGJ-3076-2005 Licenciado José A. Corrales Chacón Auditor Municipal Municipalidad de Curridabat Estimado Señor: Asunto: Criterio sobre la potestad de las Municipalidades para contratar en condiciones diferenciadas con el Instituto Centroamericano de Administración Pública. Nos referimos a su oficio AIMC-121/2005 de 5 de octubre del 2005, mediante el cual nos consulta sobre la potestad de las Municipalidades para contratar en condiciones diferenciadas con el Instituto Centroamericano de Administración Pública. I. Aspecto consultado: Según su consulta, requiere información sobre lo siguiente: 1) Si conforme a la legislación costarricense, el Instituto Centroamericano de Administración Pública (ICAP), goza de las mismas potestades jurídicas de las que disponía la Escuela Superior de Administración Pública América Central (ESAPAC) al amparo de la Ley N° 2829, publicada en la Gaceta N° 241 del 24 de octubre de 1961. 2) Si existe norma legal vigente en la legislación costarricense, que faculte a las municipalidades del país a firmar convenios con el Instituto Centroamericano de Administración Pública (ICAP), al margen de los términos establecidos en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, que es concordante con el artículo 13 inciso e) del Código Municipal N° 7794, publicado en la Gaceta N° 94 del 18 de mayo de 1998. 3) Si el artículo 2 inciso b de la Ley de Contratación Administrativa es de aplicación en las contrataciones que efectúen las municipalidades con organismos como el Instituto Centroamericano de Administración Pública. 4) Siendo de aplicación el artículo 2 inciso b) de la Ley de Contratación Administrativa, si sería viable en el régimen municipal, prescindir de las demá ...
Fecha publicación: 17/10/2005
Fecha emisión: 14/10/2005
Documento: 13152-2005.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)


1 2 DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 0 7 8 6 5 30 de junio, 2005 DAGJ-1799-2005 Licenciado José Antonio Corrales Chacón MBA Auditor Interno MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT Estimado señor: Asunto: adición oficio 05744 de 20 de mayo de 2005 Damos respuesta a su oficio AIMC-053/2005, recibido en esta Contraloría General el 2 de junio de 2005. I.- Planteamiento de la consulta: Señala el Auditor Municipal que el aspecto medular de la consulta no fue evacuada en los términos planteados. En ese sentido señala que su pregunta es si el abogado asesor del Concejo Municipal, está facultado legalmente para dirigir la defensa de regidores y/o funcionarios de la misma Municipalidad, en juicio penal incoado en contra de dichos funcionarios por eventuales perjuicios materiales en contra de la propia Municipalidad. Indica el gestionante que no debe interpretarse que la Municipalidad corre con el costo económico de ese abogado en la defensa de los citados funcionarios, pues dicho profesional solo recibe como emolumento, lo correspondiente a su trabajo de Asesor Legal del Concejo Municipal. Solicita el Auditor que se aclare en esos términos la respuesta dada a través del oficio 05744, específicamente en lo tocante al conflicto de intereses y aspectos inherentes. II.- Criterio para resolver: Como se indicó en el oficio 05744 de 20 de mayo de 2005, la Circular No. CO-529 de fecha 5 de junio del 2000 permite a esta Contraloría General evacuar consultas en forma escrita, siempre que versen sobre materias propias de sus competencias constitucionales y legales y no traten sobre situaciones concretas que debe resolver la institución solicitante. En tal sentido, se recuerda que las consideraciones expuestas a continuación son parámetros generales en relación con el tema en consulta y no una respuesta a un caso concreto planteado por la Auditoría. El artículo 44 del Código de deberes jurídicos, morales y éticos del ...
Fecha publicación: 07/07/2005
Fecha emisión: 04/07/2005
Documento: 07865-2005.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)
Tesauro: Deber de Probidad


1 8 DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 05744 20 de mayo, 2005 DAGJ-1304-2005 Licenciado José Antonio Corrales Chacón MBA Auditor Interno MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT Estimado señor: Asunto: Consulta sobre contratación de servicios de asesoría legal. Damos respuesta a su oficio AIMC-039/2003, recibido en esta Contraloría General el 28 de abril de 2005. I.- Planteamiento de la consulta: Señala el Auditor Municipal que en el caso de que el Concejo Municipal disponga de los servicios de un profesional en derecho para asesorar a sus integrantes en materia de su competencia, contratado por servicios profesional, ¿puede a su vez dicho profesional participar como abogado defensor de los integrantes del propio Concejo y de otros funcionarios de la institución, en procesos legales que les siguen en los Tribunales por supuestos daños contra la propia Municipalidad? Aunado a ello, consulta el señor Auditor que de darse esa situación, ¿podría el asesor legal que se encuentra en esa condición, continuar con su ejercicio de abogado asesor del Órgano Colegiado, aún teniendo en cuenta que en algún momento el caso o los casos pueden ser necesariamente del conocimiento del Concejo Municipal y que dicho profesional estaría en la necesidad de asesorar al Órgano colegiado respectivo, de previo a la toma de la decisión? Por último, pregunta si ¿el Concejo Municipal está facultado para rescindir el contrato suscrito con un funcionario que haya actuado en la forma señalada anteriormente, respetando el debido proceso?. II.- Criterio para resolver: De acuerdo con la Circular No. CO-529 de fecha 5 de junio del 2000, esta Contraloría General podrá evacuar consultas en forma escrita, siempre que versen sobre materias propias de sus competencias constitucionales y legales y no traten sobre situaciones concretas que debe resolver la institución solicitante. En tal sentido, se debe entender que las consideraciones expuestas a continuación ...
Fecha publicación: 23/05/2005
Fecha emisión: 20/05/2005
Documento: 05744-2005.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)


PAGE 5 R-DAGJ-204-2005 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las once horas del diecinueve de abril de dos mil cinco.---------------------------------------- Recurso de apelación interpuesto por Automotores Superiores S.A., en contra del acto de adjudicación de la Licitación por registro No. 5-2004 promovida por la Municipalidad de Curridabat para la adquisición de un vehículo automotor nuevo tipo pick up, recaído a favor de Disexport Internacional S.A., por un monto de ¢ 6.375.040.00.--------------------------------------------- RESULTANDO: I.- Que la firma apelante, interpuso recurso de apelación en contra de la adjudicación antes referida, en tanto estima que la adjudicación publicada en diciembre no identificó a la empresa adjudicataria por lo que la corrección realizada por la Municipalidad el 14 de marzo de 2005 le abre el plazo para apelar. Considera que, su puntaje en relación con la antigüedad y experiencia fue indebida, toda vez que merecía 20 puntos por ese concepto, con lo cual obtendría una calificación de 100% resultando adjudicataria del concurso; esto por cuanto el cartel no distinguió la experiencia requerida en cuanto a la venta de vehículos nuevos y usados o de la marca ofrecida.-------------------------------------------- II.- Que la presente resolución se dicta dentro del plazo establecido por ley, habiéndose observado durante su tramitación todas las prescripciones legales y reglamentarias pertinentes.-------------------- CONSIDERANDO: I.- Hechos Probados: Este Despacho para la resolución del presente recurso ha tenido por probados los siguientes hechos: 1) Que la Municipalidad de Curridabat promovió la Licitación por registro No. 5-2004 para la adquisición de un vehículo automotor nuevo tipo pick up (folios 35 y 36 del expediente administrativo). 2) Que el acto de adjudicación recayó sobre Disexport S.A., por un monto de ¢ 6.375.040.00 (folios 154 y 162 del expediente administra ...
Fecha publicación: 22/04/2005
Fecha emisión: 19/04/2005
Institución: MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION


1 2 R-DAGJ-75-2005 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las ocho horas del catorce de febrero del dos mil cinco----------------------------------------- Recurso de apelación interpuesto por Autostar Vehículos S.A., en contra del acto de adjudicación de la Licitación Pública 01-2004, promovida por la Municipalidad de Curridabat, para la adquisición de un recolector de desechos sólidos, acto recaído a favor de la empresa Cerma S.A., por un monto de ¢40.722.300,00.-------------------------------------------------------------------------------- RESULTANDO I. Autostar Vehículos S.A. alegó en su recurso que en relación con la antigüedad el objeto es calificar la antigüedad para camiones recolectores de basura de la marca ofrecida y que sean nuevos, hecho que no ha sido demostrado por la adjudicataria por lo que se le deben restar 10 puntos.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------I. Esta División confirió audiencia inicial a la Administración y a la empresa adjudicataria con el objeto de que manifestaran por escrito lo que a bien tuvieran con respecto a las alegaciones de la apelante y para que ofrecieran las pruebas que consideraran oportunas.----------------------------------- III. La Administración licitante y la adjudicataria contestaron en tiempo esa audiencia inicial. ------- IV. Esta División confirió la audiencia final a las partes, con el objeto de que realizaran sus conclusiones sobre los aspectos debatidos, audiencia que fue contestada por la apelante y la adjudicataria, mediante los escritos que han sido debidamente incorporados al expediente, visibles a los folios B38 a B49----------------------------------------------------------------------------------------------V. En los procedimientos se han observado las prescripciones de ley.------------------------------------- CONSIDERANDO I.Hechos Probados: Para la resolución del prese ...
Fecha publicación: 17/02/2005
Fecha emisión: 14/02/2005
Institución: MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)